Histórica Sentencia del TSJ en el área de Inquilinato comercial
Para nadie es un secreto que el alquiler de un local en Venezuela en los últimos años se ha vuelto un dolor de cabeza por las normas, reglamentos, regulaciones, leyes y decretos que existen en el país.
Esta realidad con los alquileres en Venezuela, dificultaba el desalojo de los locales comerciales, lo que había hecho que muchas empresas o dueños de locales prefirieran no alquilar sus inmuebles; bien sea que habláramos de un galpón, local comercial u otro inmueble. La consecuencia es que esto hizo que el sector inmobiliario comercial mermara.
Hoy, les traemos una noticia interesante y que es positiva no solamente para los dueños de locales comerciales sino también para las empresas que quieren alquilar, se trata de que la Sala Constitucional del TSJ publicó una sentencia donde se desaplicar o se deja sin efecto el Ordinal J del Artículo 41 de la Ley de Arrendamiento Inmobiliario Comercial.
¿En que consiste la medida tomada por la Sala Constitucional?
Básicamente lo que dice ese ordinal es que: se prohibía el uso de arbitraje comercial para resolver los conflictos o las diferencias que pudieran existir entre el arrendatario, es decir, la persona que está alquilando y el arrendador la persona dueña del local, sin la intervención de un tribunal.
La popular Influencer @criptolawyer realizó un video explicando la importancia de esta medida
La importancia de la Sentencia 0378
Esta decisión indudablemente va cambiar las relaciones comerciales en Venezuela, al abrir la posibilidad de resolver los conflictos ante un tercero privado (sala de arbitraje), sin la intervención de un tribunal.
Es un punto positivo para los venezolanos, porque para nadie es un secreto que actualmente litigar en un tribunal y esperar la respuesta en primera instancia o superior realmente puede llegar a tomar 2, 3 y hasta 4 años, así que lo verdaderamente relevante de esta sentencia es que al momento hacer un contrato de arrendamiento, se podrá establecer que si existe un conflicto o alguna diferencia no necesariamente van a tener que ir ante un tribunal, sino que van a poder resolverlo ante una cámara o centro de arbitraje, ahorrándole tanto al arrendador como al arrendatario dolores de cabeza grandísimos y específicamente económicos, ya que no van a tener que ir ante un tribunal y esperar que te respondan, gastar en honorarios, gastar en abogados, gastar en el proceso y lo más importante esperar sentencias que nunca llegan.
No aplica para casos de vivienda
Es importante señalar que esta sentencia es para el tema de los locales comerciales, no aplica para los conflictos de vivienda.
Un alivio parta los tribunales
Los conflictos por los locales comerciales han acarreado un ocasionado un sinfín de demandas en tribunales, que por años no han logrado solucionar de forma expedita las controversias surgidas entre los dueños de los locales y quienes arriendan o alquilan. Por lo que esta sentencia debería aliviar la carga de los despachos tribunalicios.
Un error técnico
Por alguna causa, que suponemos es de carácter técnico, no aparece la Sentencia en la Web del www.tsj.gob.ve pero si se puede evidenciar en su apartado de búsquedas en este enlace.
Polémica por los canones en divisas
Uno de los puntos más interesantes y relevantes de la sentencia es el asunto del cobro de los alquileres en divisa. El profesor universitario Salvador Benaim, disertó profundamente al respecto en la red social Twitter.